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¿Estoy obligado a contar con un Programa Interno de Protección Civil?

Si. De acuerdo con el Art. 40 de la Ley General de Protección Civil, los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social, a que se refiere el Reglamento de esta Ley, deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil.


 

Dicho

programa deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protección Civil, la que podrá ser asesorada por una persona física o moral que cuente con el registro actualizado correspondiente.

En Certyca, contamos con el registro de Tercer Acreditado ante el Instituto Estatal de Protección Civil Sinaloa y capacitaciones registradas ante STPS para expedir DC-3, que validan nuestros proyectos.

Más información: michelle@certyca.mx WhatsApp (6672) 27 59 25

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