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NOM -016-CRE-2016




A partir de la reforma constitucional en materia energética (2013), empresas distintas a Pemex importan combustibles provenientes principalmente de Estados Unidos de Norteamérica.


 

El 29 de agosto de 2016, se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016 “Especificaciones de calidad de los petrolíferos”, que establece los parámetros de calidad que deben de cumplir los combustibles para su importación y comercialización, así como los métodos de prueba, ello, en los términos que prevé la Ley de Hidrocarburos en los artículos 78 y 79.


El 1o de junio de 2018, se publicó la reforma al artículo 28, fracción I, y se adicionó el numeral 53-D, ambos del Código Fiscal de la Federación, imponiendo a los contribuyentes obligaciones en materia de hidrocarburos y previendo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá apoyarse en el ejercicio de sus facultades de comprobación en terceros autorizados para el análisis y toma de muestras.


El 25 de junio de 2018, se publicó la reforma a la Ley Aduanera, contemplándose que el SAT autorizará a particulares para que verifiquen y emitan dictamen de peso, volumen o de determinación de las características inherentes a los combustibles (Artículo 16- C).

La Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, establece que la autoridad podrá apoyarse en las Unidades de Verificación para la evaluación de la conformidad respecto de las Normas Oficiales Mexicanas. (Artículos 85, 86, 87 y 87-A).


La Ley Aduanera, establece que la autoridad podrá apoyarse en terceros y peritos para el ejercicio de sus facultades.

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